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Michelotti & Associates, Ltd. — Attorneys at Law 630.928.0100

Inicio/Abogado de Inmigración

Abogado de Inmigración en Illinois

Visas familiares, residencia permanente, visas de trabajo, VAWA, Visa U, asilo y defensa contra la deportación. Atendemos en español, en Oak Brook y en todo Chicagoland. La consulta es gratuita.

Un caso de inmigración casi nunca llega solo. Llega con una fecha límite, con un familiar esperando en otro país, con un aviso que no se entiende del todo, o con el miedo de que un error en un formulario arruine años de trabajo. Lo primero que hacemos es ordenar los hechos y decirle con claridad qué opciones tiene y cuáles no.

Ejercemos derecho de inmigración en Illinois desde 1983. Esta página explica, en español, las áreas que manejamos y cómo trabajamos. Si prefiere leerla en inglés, está en Immigration Attorney Illinois.

Inmigración familiar

Es la parte más grande de lo que hacemos: reunir a una familia, o regularizar la situación de alguien que ya está aquí y tiene un familiar que puede pedirlo.

Cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Si su cónyuge está fuera del país, el caso normalmente se tramita por proceso consular y la persona entra ya como residente. Si su cónyuge está aquí y entró legalmente, con frecuencia se puede pedir el ajuste de estatus sin salir de Estados Unidos. Cuál de las dos rutas conviene depende de cómo entró la persona y de su historial migratorio, y esa decisión se toma antes de presentar nada. Escribimos sobre esto en español en La Visa CR1 para Cónyuges.

Residencia condicional. Si el matrimonio tiene menos de dos años el día en que se aprueba la residencia, esa residencia es condicional y dura dos años. Después hay que presentar una solicitud para quitar las condiciones. Es un plazo que se pasa por alto con frecuencia, y dejarlo vencer trae consecuencias serias.

Prometidos y prometidas (visa K-1). La visa K-1 es para quien piensa casarse en Estados Unidos. En general la pareja debe haberse visto en persona dentro de los dos años anteriores a presentar la petición, y el matrimonio debe celebrarse dentro de los 90 días siguientes a la entrada. Después del matrimonio todavía hace falta pedir la residencia.

Hay más detalle, en inglés, en ajuste de estatus para cónyuges y en la visa de prometido(a) K-1.

Casos humanitarios y de protección

Son casos delicados y casi siempre urgentes. También son los casos en los que más daño hace la información equivocada.

Asilo. Por regla general la solicitud de asilo debe presentarse dentro del año siguiente a su última entrada a Estados Unidos. Hay excepciones cuando cambian las circunstancias del país o las suyas, pero depender de una excepción siempre es más difícil que presentar a tiempo. Si el año ya pasó, eso no cierra la conversación: hay otras formas de protección y conviene revisarlas cuanto antes.

VAWA. Una persona maltratada por un cónyuge, padre, madre o hijo(a) ciudadano o residente puede presentar una petición por su cuenta, sin que la persona abusadora lo sepa ni tenga que firmar nada. Se presenta con el Formulario I-360 y USCIS no cobra cuota por esa petición. A pesar del nombre en inglés, la protección de VAWA está disponible para personas de cualquier género.

Visa U. Es para víctimas de ciertos delitos que sufrieron daño físico o mental considerable y que han colaborado, están colaborando o es probable que colaboren con las autoridades. La petición también está exenta de cuota ante USCIS, y el estatus U, una vez concedido, dura cuatro años.

Si su seguridad está en riesgo ahora mismo, atienda primero eso. Dígannos al llamar si no es seguro devolverle la llamada o si otra persona tiene acceso a su teléfono o a su correo, y lo trabajamos de otra manera.

Más detalle, en inglés: asilo, VAWA y Visa U.

Defensa contra la deportación

Si recibió una notificación para comparecer o ya tiene fecha en la corte de inmigración, el calendario deja de ser suyo y empieza a correr solo. Una audiencia perdida puede terminar en una orden de deportación dictada en su ausencia.

Lleve a la consulta todo lo que tenga: los papeles de la corte, cualquier solicitud anterior aunque haya sido negada, documentos de entradas y salidas, y antecedentes penales si los hay. Con frecuencia existen varias formas de defensa a la vez, y cuál conviene depende de hechos concretos de su historial. Más detalle, en inglés, en defensa contra la deportación.

Visas de trabajo e inmigración por empleo

También llevamos casos de trabajo: visas temporales, residencia patrocinada por un empleador, peticiones EB-2 y exenciones por interés nacional (NIW), y estatus TN para profesionales de Canadá y México. Atendemos tanto a la persona como a la empresa que la contrata.

Conviene separar dos cosas que se confunden seguido: una visa de trabajo temporal le permite trabajar por un tiempo determinado, normalmente para un empleador concreto, y por sí sola no lo convierte en residente. La residencia por empleo es permanente y es un trámite distinto. Muchas personas tienen una visa temporal mientras el caso de residencia avanza por detrás.

Sobre la H-1B, un dato que sí es estable: la ley fija un tope de 65,000 visas por año fiscal, más 20,000 para quienes tienen una maestría o un grado superior obtenido en Estados Unidos. Más detalle, en inglés, en visas de trabajo e inmigración por empleo.

Cómo trabajamos

La primera consulta es gratuita y sirve para una cosa: entender su situación real y decirle qué se puede hacer. No le vamos a prometer un resultado. Nadie puede prometerlo con honestidad, y quien se lo prometa antes de ver sus documentos le está diciendo lo que usted quiere oír.

Lo que sí hacemos es explicarle en qué etapa está, qué documentos hacen falta, qué riesgos tiene cada camino y en qué orden conviene presentar las cosas. Traiga lo que tenga, aunque esté incompleto: pasaportes, registros de entrada y salida, avisos de USCIS, papeles de la corte, actas de matrimonio o divorcio, y cualquier solicitud anterior —sobre todo si fue negada.

Y sea directo con nosotros sobre lo difícil: una entrada sin inspección, una detención, un arresto, un nombre distinto usado alguna vez, una solicitud anterior con datos equivocados. Nada de eso nos escandaliza, y todo eso cambia la estrategia. El único escenario malo es enterarnos después de haber presentado.

Lo que cuesta

Hay dos costos distintos en cualquier caso de inmigración: las cuotas que cobra el gobierno y los honorarios del despacho por el trabajo legal.

No publicamos aquí las cuotas de USCIS a propósito, porque cambian y cualquier cifra en una página web queda desactualizada. Consulte el listado oficial de cuotas de USCIS, o pregúntenos y le confirmamos lo que aplica a su caso ese día. Dos que sí conviene saber: la autopetición de VAWA y la petición de Visa U no pagan cuota a USCIS.

Nuestros honorarios se cotizan antes de empezar cualquier trabajo, la primera consulta es gratis, hay planes de pago y aceptamos todas las tarjetas principales.

Cuánto tarda

Depende del tipo de caso, de la oficina que lo procese y, en algunas categorías, de la disponibilidad de visas. Tampoco publicamos tiempos aquí, por la misma razón que no publicamos cuotas: cambian mes a mes. Los tiempos oficiales están en la página de tiempos de procesamiento de USCIS.

Lo que sí controla usted es que el expediente salga completo y consistente la primera vez. Buena parte de las demoras que vemos no vienen del gobierno: vienen de un documento sin traducir, una fecha que no coincide entre dos formularios, o una respuesta incompleta a una petición de evidencia.

Nuestra oficina y el español

La oficina está en Oak Brook, en 2625 Butterfield Road, Suite 138S. También atendemos por videollamada si viajar es complicado, lo cual funciona bien para clientes en el resto de Illinois y fuera del estado.

Atendemos casos en español y contestamos llamadas las 24 horas al 630.928.0100. Tenemos además guías escritas en español: la visa CR1 para cónyuges, y del lado de deudas tenemos una página completa, abogado de bancarrota, además de si puede quedarse con su auto al declararse en bancarrota y cómo funciona la suspensión automática.

Sobre el despacho

Joseph C. Michelotti ejerce en Illinois desde 1983, estudió derecho en la Universidad McGill y es miembro de la American Immigration Lawyers Association. Lleva inmigración junto con bancarrota y defensa de ejecuciones hipotecarias, algo que importa más de lo que parece: la presión económica y los problemas migratorios suelen llegar a la misma casa al mismo tiempo, y conviene que quien los vea sea la misma persona.

En Google el despacho tiene 4.5 de 5 sobre 23 reseñas. Puede leer más sobre Joe o ver lo que han dicho los clientes.

Esta información es general y no es asesoría legal sobre su situación; leerla no crea una relación abogado-cliente. La ley de inmigración cambia con frecuencia. Lo aquí descrito fue verificado con material de USCIS en septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿La consulta es realmente gratis?

Sí. La primera consulta no tiene costo y no lo compromete a contratarnos. Si después decide seguir adelante, los honorarios se cotizan antes de empezar cualquier trabajo y hay planes de pago.

¿Atienden en español?

Sí, llevamos casos en español y contestamos llamadas las 24 horas al 630.928.0100. Parte de nuestras guías también están escritas en español.

Entré sin inspección. ¿Todavía tengo opciones?

Puede que sí, pero es exactamente el tipo de hecho que cambia toda la estrategia, así que no conviene decidir por lo que le contaron. Hay caminos que dependen de cómo entró, de su historial y de quién puede pedirlo. Dígalo con claridad en la consulta y lo revisamos.

Ya pasó un año desde que llegué. ¿Perdí el asilo?

La regla general es presentar dentro del año siguiente a su última entrada, y hay excepciones por circunstancias cambiadas o extraordinarias. Aunque el asilo ya no esté disponible, existen otras formas de protección. Es una revisión que conviene hacer pronto, no una puerta que se cierra sola.

¿Se enterará mi cónyuge si presento una petición VAWA?

La petición se presenta por su cuenta, con el Formulario I-360, sin la firma ni el conocimiento de la persona abusadora, y USCIS no le cobra cuota. Dígannos al llamar si no es seguro devolverle la llamada o si alguien más tiene acceso a su teléfono o a su correo.

Tengo un caso en la corte de inmigración. ¿Es demasiado tarde?

No necesariamente, pero el tiempo importa mucho más a partir de ahí. Traiga los papeles de la corte y cualquier solicitud anterior, incluso negada, y lo revisamos cuanto antes.

¿Atienden fuera de Oak Brook?

Sí. La oficina está en Oak Brook y las consultas también se hacen por videollamada, para clientes en todo Chicagoland y fuera del estado.

Estamos aquí cuando más se nos necesita.

Consulta gratis. Hay planes de pago. Aceptamos todas las tarjetas principales.